En el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y a la luz de sus circunstancias nacionales y capacidades, las partes deberán adoptar políticas nacionales y tomar las medidas correspondientes de mitigación del cambio climático, limitando sus emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero; protegiendo y mejorando sus sumideros y depósitos de gases de efecto invernadero. |