La Secretaría del Ambiente (SEAM), a través de los trabajos encarados por su Dirección Nacional de Cambio Climático, tuvo un rol protagónico en la generación de esta relevante innovación normativa, la cual constituye un nuevo hito del Estado paraguayo, en el marco de la gestión ambiental nacional y en la búsqueda por aportar soluciones para el cambio climático.

A través de la Ley 5875/17 se sancionó la LEY NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO, promulgada por el Poder Ejecutivo, en fecha 15 de setiembre de 2017; se trata de un paso importante dado por el Paraguay en la lucha por frenar el cambio climático a partir de la adopción de herramientas para hacer frente el enorme desafío global.

Esta ley establece el marco general normativo que permita planificar y responder, de manera urgente, adecuada, coordinada y sostenida los impactos del cambio climático, su fin principal es contribuir a implementar acciones que reduzcan la vulnerabilidad, mejoren las capacidades de adaptación y permitan desarrollar propuestas de mitigación de los efectos del cambio climático producido por las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

La nueva ley incorpora un marco legal que busca disminuir el impacto del cambio climático, en coherencia con el Acuerdo de París. Puntualiza iniciativas productivas, incentivos y una serie de medidas que contribuirían a reducir los niveles de gases invernaderos tendientes a hacer frente al cambio climático y en consonancia con los objetivos del desarrollo sostenible.

En tal sentido, dispone que la Política Nacional de Cambio Climático ha de establecer los objetivos que el Gobierno de la República del Paraguay deberá alcanzar para cumplir con las obligaciones a las que se ha comprometido al ratificar la Convención Marco sobre el Cambio Climático, y deberá estar en línea con el Plan Nacional de Desarrollo.

Para tal efecto, prevé que contará con un Plan Nacional de Cambio Climático, en el que se detallará un modelo integrado de actuación para alcanzar los objetivos establecidos en dicha política. Dicho Plan Nacional a su vez, debe definir las estrategias nacionales en materia de adaptación y de mitigación del cambio climático.

Además, la ley instituye la Comisión Nacional de Cambio Climático como órgano colegiado de carácter interinstitucional e instancia deliberativa y consultiva de la Política Nacional de Cambio Climático y crea la Dirección Nacional de Cambio Climático como instancia ejecutiva de la Política Nacional de Cambio Climático.